INTRODUCCIÓN
El órgano administrativo, en atención a la importancia que tiene para el Club y Escuela Deportiva Free Rollers que las actuaciones de sus miembros sean transparentes, éticas y ajustadas a la norma, decide adoptar el presente Código de Ética y, en el cual se establecen las normas de comportamiento que deberán ser observadas por aquellos, tanto en su cotidianeidad, como en sus relaciones con los distintos grupos de interés de organización.
Así, este Código se configura como un marco de actuación que se ajusta a los valores y principios que rigen todas las actuaciones de Free Rollers y que provee unos parámetros sobre el comportamiento que se espera de todos los miembros de la organización independiente del cargo o función.
1. OBJETIVO
Definir los valores y principios que orientarán el comportamiento de los directivos, entrenadores, colaboradores, padres de familia y/o tutores, y deportistas vinculados la organización, sobre la base de los valores y principios que rigen todas las actuaciones del Club Deportivo.
2. GLOSARIO
2.1. Directivos: Son administradores: (i) los representantes legales y sus suplentes.
2.2. Club deportivo u organización: Se refiere a Club y escuela deportiva Free Rollers, con domicilio en Bogotá D:C.
2.3. Código de Ética y de Conducta: Documento que recoge los principios y normas de conducta que buscan guiar la actitud y el comportamiento de los Miembros del Club y Escuela Deportiva, o cualquier otro que en dicho Código se especifique. Los principios y valores contenidos en dicho Código deberán ser tenidos en cuenta por aquellas personas en desarrollo de sus funciones.
2.4. Colaboradores: Profesores, auxiliares y profesionales vinculados a la organización.
2.5. Familiares Inmediatos: Se entiende por tales a los padres de familia, y parientes de los deportistas.
2.6. Grupos de Interés: Personas, grupos o entidades sobre las cuales la institución tiene influencia, o son influenciadas por ella.
2.7. Información Confidencial: Se considera información confidencial, toda información o documento al cual tengan acceso los Miembros del Club deportivo en desarrollo de sus funciones y/o en la prestación de sus servicios y que el club no ha identificado como pública. Se trata de información personal, privada, técnica, financiera, contable, jurídica, mercadeo, incluyendo información propia de deportistas y funcionarios.
2.8. Miembros: Son conjuntamente los directivos, Colaboradores y deportistas del Club y Escuela Deportiva.
3. ÁMBITO DE APLICACIÓN
El presente Código buscar regular la conducta de los Miembros de Free Rollers, quienes además de los principios y valores éticos adoptados en el presente documento, deberán actuar conforme a la Constitución Política, las leyes, decretos, resoluciones y demás normas de la República de Colombia.
Todos los colaboradores, entrenadores, deportistas, padres de familia de Free Rollers deben comprometerse con la implementación y cumplimiento de este Código.
De igual manera, las disposiciones aquí contenidas serán extensivas, en lo que resulte aplicables a todo evento al que se asista.
Así, el presente Código es de obligatorio cumplimiento y se complementa con (i) el Reglamento Interno de colaboradores , y (ii) el Documento de términos y condiciones.
4. PRINCIPIOS GENERALES
El comportamiento de los miembros de Free Rollers deberá ajustarse a los siguientes principios.
4.1. Integridad: Este principio se refiere a la conducta irreprochable que deberán tener los miembros del club y escuela, a quienes les corresponde adoptar un comportamiento intachable en cualquier situación.
4.2. Honestidad: Implica rectitud en la forma de pensar y en las actuaciones personales, profesionales y laborales, las cuales deberán guiarse por el respeto a las otras personas y a la propiedad ajena.
4.3. Ejemplaridad: Implica que todas las conductas y comportamiento de los miembros deben ser ejemplo de cumplimiento y representación de la entidad.
4.4. Responsabilidad: Es la virtud que permite enfrentar y rendir cuenta de todos los actos, asumiendo las consecuencias de ellos.
4.5. Sentido de pertenencia: Corresponde a un profundo compromiso de los miembros del Club y Escuela, sus logros y objetivos, identificándose como parte de la institución.
4.6. Orden: Es la aplicación sistemática y rigurosa de principios, normas y procedimientos para el ejercicio de las funciones a cargo y de las tareas encomendadas.
4.7. Lealtad: consiste en obrar de manera íntegra, franca, fiel y objetiva. Es responsabilidad de cada uno de los miembros velar por el cumplimiento de las normas y de las disposiciones internas de Free Rollers. La lealtad permisiva en relación con la violación de normas por parte de los miembros no debe existir cuando se trate de aplicar el principio de lealtad con la sociedad.
4.8. Diligencia: Se trata de ejercer las funciones de manera eficaz y oportuna, buscando cumplir adecuadamente los propósitos de la entidad y entendiendo oportunamente las necesidades y expectativas de los deportistas.
4.9. Transparencia: Consiste en actuar de manera clara frente a los demás en especial frente a los deportistas, padres de familia, colaboradores, entrenadores y a la sociedad misma.
4.10. Equidad e imparcialidad: los destinatarios del presente Código establecerán y ejercerán un tratamiento objetivo e imparcial respecto a los miembros entidad evitando tratamientos injustificadamente diferenciales.
4.11. Respeto: reconocimiento del valor propio y de los derechos de los individuos y de la sociedad.
4.12. Tolerancia: Actitud de respetar las opiniones, ideas o actitudes de las demás personas, aunque no coincidan con las propias.
4.13. Solidaridad: colaboración mutua de las personas.
5. NORMAS DE CONDUCTA DE CARÁCTER GENERAL
Los Administradores y colaboradores del Club deportivo deberán desarrollar sus funciones con sujeción a las siguientes normas de conducta de carácter general:
5.1 Deberán actuar en el ejercicio de sus funciones dentro del marco constitucional y legal colombiano y dar estricto cumplimiento a las normas e instrucciones que expidan las autoridades colombianas y las autoridades extranjeras de países en los cuales la entidad realice operaciones en desarrollo de su objeto social.
5.2 Quienes deleguen funciones deberán adoptar las medidas necesarias para el control y vigilancia de la ejecución de las funciones delegadas.
5.3 Los Empleados tendrán la obligación de asistir a las capacitaciones que programe la entidad asumiéndolas con seriedad y deberán dar aplicación en el desarrollo de sus funciones a los conocimientos que en ellas obtengan.
5.4 Seleccionarán a los Miembros de la Compañía comprobando su integridad y moralidad.
5.5 Procederán, en todos los casos, con criterio justo, evitando dar o propiciar interpretaciones capciosas que tiendan a beneficiar a personas en perjuicio de terceros o de la Compañía.
5.6 Prestarán sus servicios únicamente para operaciones legítimas y prudentes.
5.7 Guardarán, protegerán y respetarán la propiedad intelectual y los derechos de
autor, respecto a todos los productos, publicaciones y servicios creados, desarrollados o utilizados por la Compañía.
5.8 Los actos ejecutados en desarrollo de atribuciones que se les ha otorgado como una expresión de confianza. Deberán realizarse dentro de los limites asignados y cumpliendo, en todos los casos, con las normas y reglamentos, y deberán orientarse con un sano criterio que atienda a beneficiar los intereses de la Compañía y de los clientes.
5.9 Los colaboradores comunicaran oportunamente a sus superiores inmediatos todo hecho o irregularidad por parte de otro colaborador que afecte o pueda lesionar los intereses de la Compañía.
5.10 Se someterán al control interno establecido por la Compañía
5.11 Respetarán el uso de la propiedad intelectual.
5.12 Los Empleados guardaran absoluto respeto y correcto tratamiento con los superiores jerárquicos, compañeros de trabajo, con los clientes, contratistas, y proveedores.
5.13 No utilizar los créditos, ventajas beneficios que otorga la institución a sus Administradores y Empleados para favorecer terceras personas.
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Procedimiento para Atención y Respuesta a Peticiones, Consultas, Quejas y Reclamos de los Titulares de Datos Personales: Los Titulares de Datos Personales tratados por EL CLUB tienen derecho a acceder a sus Datos Personales y a los detalles de dicho Tratamiento, así como a rectificarlos y actualizarlos en caso de ser inexactos o a solicitar su eliminación cuando consideren que resulten ser excesivos o innecesarios para las finalidades que justificaron su obtención u oponerse al Tratamiento de los mismos para fines específicos. Las vías que se han implementado para garantizar el ejercicio de dichos derechos a través de la presentación de la solicitud respectiva son: Comunicación dirigida a Club de patinaje Free Rollers, reconocimiento deportivo IDRD 1662; Aval deportivo IDRD 321; Personería Jurídica 477 otorgada por secretaría Distrital de cultura recreacion y deporte; NIT. 901875827. Solicitud presentada al correo electrónico: freerollersbogota@gmail.com. Solicitud presentada a través del teléfono: +57 3023178190 al área de Cumplimiento.